martes, 23 de abril de 2013

El debate por la unificación del sistema toma fuerza

Aunque la propuesta es que los institutos de las Fuerzas Armadas y la Policía no desaparezcan, sí perderían independencia. Carmen Corral Ponce, ex intendenta de Seguridad Social de la Superintendencia de Bancos, que ha revisado el borrador del proyecto de Ley de Seguridad Social, asegura que los institutos perderían autonomía porque estarían controladas por el Ejecutivo.
"Según el borrador del proyecto de ley, al Issfa e Isspol no le dejarían participar en la administración de sus recursos y además la propuesta es que tenga un solo director, que no puede ser militar ni policía", dice Corral Ponce. "Si eso ocurre ya no habría opinión ni contrapeso de otros sectores que han estado involucrados en la administración y que en algunas ocasiones han sacado banderas de alerta, porque es su dinero, ahora todo quedaría a cargo de un Consejo de Ministros".
Los institutos de la Fuerza Pública, con la legislación vigente, tienen consejos superiores, encargados de su regulación, formados por representantes de los miembros activos y pasivos de cada una de las instituciones. En el Issfa son ocho y en el Isspol, siete miembros.
Para la especialista en Seguridad Social también es preocupante que los fondos del Issfa y del Isspol pasen a ser administrados por el Biess. "Con el proyecto se derogan las leyes de los institutos y sus fondos pasarían a ser administrados por el Biess, donde el sector empleador está eliminado desde hace rato. Son cuatro miembros del directorio y practicamente tres son del Ejecutivo. No hay nadie que haga un contrapeso", señala y añade que "es peligroso que el ahorro interno del país esté en manos del Ejecutivo".
Corral Ponce no ve beneficios en unificar la seguridad social, pero reconoce que es loable que las personas que no contribuyen actualmente vayan a tener un paquete de prestaciones. "Pero tendrán que recibir un financiamiento del Estado, y de esto no se habla en el borrador de la ley", apunta.
Ramiro González, presidente del Consejo Directivo del IESS, la semana pasada, decía en Ecuadoradio que la cuestión fundamental de crear una ley que agrupe todos los institutos es darle sostenibilidad al sistema en virtud de que la pirámide poblacional está cambiando. "Se está achicando en la base y poniéndose más gruesa en la cumbre, cuando yo estudiaba economía y se aprobaba la ley vigente, la tasa de crecimiento en el país era de 3,2%, hoy es de 1,7.
Y antes la esperanza de vida era de 58 años hoy es 76", reflexionaba el actual funcionario.

El seguro social de la Fuerza Pública supera a la protección que da el IESS

La creación de un Sistema Nacional de Seguridad Social, que abarque al IESS, a los institutos de las Fuerzas Armadas (Issfa) y de la Policía (Isspol), está contemplado en el borrador del proyecto de Ley de Seguridad Social que elaboró el Gobierno el año pasado.
Si bien la propuesta no establece una suerte de fusión de los tres entes, su organización sí se pretende cambiar. Es decir, que cada instituto funcionará según sus propias dinámicas y con un director para cada una de ellas. Pero todo el sistema estará regido por los ministros del área social y económica del Gobierno central.
Las interrogantes surgen el momento en que se comparan los tres sistemas de seguridad social. El esquema de aportaciones, pensiones y prestación médica de los afiliados al IESS es muy diferente al que reciben los militares y policías en sus institutos.
Por lo tanto, resta saber qué pasará con las coberturas de los dos regímenes que atienden a medio millón de ecuatorianos pertenecientes a la Fuerza Pública (activos, retirados y sus familias).
Los militares y policías están dentro de un esquema especial de seguridad social por los riesgos inherentes a su actividad. Por eso tienen beneficios como un seguro de vida y una red de salud propia. Aquello no sucede con los 6,7 millones de beneficiarios del IESS.

Las pensiones por retiro
Otro punto que marca la diferencia entre los tres sistemas es la forma de cálculo de aportaciones y pensiones para la jubilación.
La pensión de retiro del militar equivale al 88% de la última retribución que tenía por su jerarquía. En el caso del policía es el 70%. Para alcanzar estos porcentajes se debe llegar a los 30 años de servicio, aunque la práctica habitual ronde en los 25 años.
Por ejemplo, lo militares y policías que se retiran con el grado de coronel reciben pensiones mensuales sobre los USD 3 000. Quienes no alcanzan este rango, entran en retiro y jubilación en un promedio de 50 años de edad, cuando un jubilado civil al menos tiene que cumplir los 60 años.
Las pensiones a la Fuerza Pública son subsidiadas por el Estado en un 60%, mientras que el subsidio para las pensiones del régimen general, es decir las que otorga el IESS, no va más allá del 40%.
El trabajador que aporta al IESS debe completar 30 años de trabajo para acceder a la jubilación. Además, el cálculo de su pensión se hace de una forma más austera. Para fijar el monto que percibirá cada mes se saca el promedio de los mejores cinco años de trabajo del cotizante que nunca podrá exceder del techo que se establece cada año, con base a la inflación. El tope de una pensión del IESS actualmente es de USD 1 749.

Los sistemas de salud
Otra diferencia entre el IESS y los seguros de la Fuerza Pública es la cobertura de salud y los privilegios de contar con una red propia para la fuerza pública. En el caso de los militares, esta está formada por más de 80 unidades en todo el país y en el de los policías por más de 60. La atención médica, además, se extiende a los familiares de los efectivos en servicio activo y pasivo, sin que haya que pagar una prima adicional por ellos.
Pero los colectivos militar y policial, para mantener sus privilegios sociales, hacen aportes más altos, comparados a la tasa de cotización al IESS equivalente al 20,5% del ingreso de cada afiliado que lo pagan él (9,35%) y su patrono (11,15%).
Los militares aportan el 23% de sus ingresos y los policías el 16,10%. Pero sus patronos, los ministerios de Defensa y de Interior, pagan el 26% y el 17,25%.

Por qué son tres regímenes
La historia de los regímenes especiales en Ecuador es reciente. El Issfa nació en 1992 y el Isspol en 1995. Antes de estos años el ahorro de militares y policías estaba en el IESS. Para el coronel (r) y ex actuario del Issfa, Marco Hernández esa administración fue "empírica e irresponsable".
En el portal del Isspol, en la parte que narra su historia, también hay una crítica similar: "Ese sistema de seguridad social, manejado por un instituto administrado con tintes políticos, fue una preocupación permanente para la institución".
Ambas fuerzas lucharon para tener sus institutos de seguridad social y separarse de la Caja del Seguro. Como no se logró unificar a militares y policías, se crearon los dos entes, con leyes autónomas.
La Ley del Issfa fue reformada en el 2007, cuando se derogó el artículo 94 eliminándose el aporte al sistema que seguían efectuando los retirados. Esa medida produjo un déficit de USD 177 millones a la institución, pues los pasivos y sus dependientes siguen recibiendo atención médica.
En el fondo de los militares también hay retrasos del Estado por el pago de sus pensiones. Hasta el año pasado, la deuda ascendía a USD 91,4 millones. En agosto se hizo un pago USD 23 millones en efectivo y otro de USD 68,4 millones en noviembre, en bonos.
La Policía es más hermética con su información. El director del Isspol, coronel Marco Salazar, dijo que el Estado está al día con sus aportes y que el fondo del Isspol crece USD 100 000 cada año.
El Gobierno dio un mensaje de tranquilidad a la Fuerza Pública hace dos semanas. Dijo que el Issfa y el Isspol no van a desaparecer, pero no aclaró la forma en la que se van a integrar sin que estas diferencias afecten al nuevo sistema.

La salud en Issfa e Isspol

La cobertura  sanitaria se extiende a la familia del militar o policía (cónyuge e hijos) sin pagar una prima adicional. La cobertura es del 100%, incluso fuera del país. Los hijos, a partir de los 18 años, deben probar que no tienen otro seguro, como el IESS, que siguen estudiando y que son solteros para tener la prestación.
Los padres  del afiliado a estos sistemas deben demostrar que son dependientes de sus hijos y que no tienen otro seguro para acceder a la cobertura del 50% de los gastos médicos.
Tienen seguros  de vida y de accidentes profesionales por las características de su actividad. Esto cubre incluso al aspirante enlistado en las fuerzas.
La salud en el IESS
La cobertura  de salud solo protege al afiliado a sus hijos hasta los 18 años. Para afiliar a los cónyuges hay que hacer un aporte adicional. Una de las prácticas frecuentes es afiliarlos como voluntarios, pero hay ciertas restricciones en la cobertura. No hay asistencia médica para los padres del afiliado.
Aunque debería  funcionar como una aseguradora y cubrir las contingencias de sus afiliados, hay un 49% de demanda insatisfecha y para tener atención especializada hay muchos filtros. Además, no se contempla la asistencia médica fuera del país.
Los otros seguros  son de riesgos de accidentes, para el campesino y de pensiones.

EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DE FF.AA. COMO RÉGIMEN ESPECIAL

EN EL CASO DEL ECUADOR, LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ESTABLECE EN EL ART. 370 QUE EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS SE CONSTITUYE COMO UN RÉGIMEN ESPECIAL Y QUE FORMA PARTE DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL REGIDOS POR LOS PRINCIPIOS DE ESTE SISTEMA, PERO ADMINISTRADO POR SUS PROPIAS LEYES EN RAZÓN DE LA PARTICULARIDAD DEL RÉGIMEN MILITAR Y LA ESPECIFICIDAD DEL COLECTIVO AMPARADO.



LAS DIFERENCIAS ENTRE LA SEGURIDAD SOCIAL MILITAR Y LA SEGURIDAD SOCIAL GENERAL, RESPONDE A SU VARIADA NATURALEZA Y EXCEPCIONALIDADES, PUES LA SEGURIDAD SOCIAL ES SEGURIDAD LABORAL POR LO QUE INMEDIATAMENTE SE DESPRENDE QUE EL MILITAR NO ESTÁ SUJETO A UN RÉGIMEN LABORAL POR LO QUE SU RÉGIMEN DE COBERTURA SOCIAL ES DIFERENTE.



EL MILITAR NO TIENE CONTRATO NI NOMBRAMIENTO, ESTÁ SOMETIDO IRRESTRICTAMENTE AL CUMPLIMIENTO DE ACTIVIDADES RIESGOSAS QUE SE CONTRAPONEN DE MANERA FLAGRANTE A LAS POLÍTICAS LABORALES DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL. SERÍA INCONCEBIBLE PENSAR QUE EL MILITAR MANTENGA UN RÉGIMEN LABORAL EN EL QUE FUESE POSIBLE LAS HUELGAS, EL SINDICALISMO, HORAS EXTRAS, PEOR AÚN PENSAR EN EL PAGO “POR HORAS DEL SERVICIO DE CENTINELA” O PAGO “POR HORAS DE SERVICIO EN COMBATE”



LAS CONDICIONES ESPECÍFICAS DE ESTE GRUPO HUMANO (MILITAR), DERIVADAS DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA PROPIA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, DETERMINAN CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES ESPECIALES DE RIESGO Y ENTREGA DE SERVICIO A LA PATRIA QUE SUPONEN, DE IGUAL MANERA, UN RÉGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL